Industria

Monopatines eléctricos: ¿Qué especifica el marco regulatorio a nivel nacional?

Se prohíbe el uso a menores de 16 años, se deberá utilizar casco, chaleco reflectante y circular por calles, avenidas y zonas del entramado urbano hasta 30 km/h.

En los últimos meses, la venta de monopatines eléctricos ha aumentado exponencialmente y en las calles de muchas ciudades ya podemos visualizar su convivencia con el resto de los medios de transporte y peatones. Sin embargo, semanas atrás, un hombre que conducía un monopatín por la Autopista Panamericana puso en evidencia la necesidad de actualizar la normativa para que se contemplen las nuevas tecnologías vehiculares en todo el país. Por eso, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) dictó una disposición que regula el uso de Vehículos para la Movilidad Personal (VMP), como los monopatines y patinetas eléctricas.

Monopatín eléctricoLa normativa expresa que será considerado un usuario de VMP toda persona que utilice el vehículo en ocasión de su circulación y por ende responsable del mismo. Sólo podrán ser conducidos por personas mayores de 16 años y deberán utilizar cascos de protección, que cumplan con las exigencias como para el uso de bicicletas y bicicletas con pedaleo asistido y que cuenten con la certificación correspondiente. Además, deberán usar chaleco de seguridad de alta visibilidad que cuenten con la certificación correspondiente y no podrán llevar acompañantes.

En cuanto a los VMP deberán contar con sistema de freno, sistema de iluminación que contenga al menos una luz delantera de color blanca y una luz trasera de color roja, sistema de alerta sonora (bocina) y sistema de limitación de velocidad que fije la velocidad máxima de circulación en 30 km/h.

Monopatín eléctricoLos monopatines eléctricos podrán circular por calles, avenidas y zonas del entramado urbano que autorice la autoridad jurisdiccional competente, a excepción de las expresamente prohibidas por el presente. No podrán circular por aceras, zonas exclusivas para peatones, rutas, autopistas y semiautopistas cualquiera sea su jurisdicción. Además, se le podrá exigir que el conductor posea un seguro de responsabilidad civil. 

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“La micromovilidad llegó para quedarse, está entre nosotros, eso ya es evidente. Por eso, el Estado Nacional, con esta nueva normativa, busca brindar una regulación que funcione como paraguas para el resto de las provincias; ya que hasta ahora la única ciudad que contaba con una legislación vigente era la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, explicó Axel Dell´olio, presidente de la Asociación para la Disminución de Siniestros Viales (ADISIV) que en lo que va del año realizó dos jornadas en formato online para analizar la incorporación de estos vehículos en el tránsito.

Monopatín eléctrico“El monopatín eléctrico está contemplado para realizar el último tramo. Es un medio de transporte ágil, práctico y económico; totalmente combinable con el subte, tren o colectivo. Eso explica fácilmente el aumento tan vertiginoso de su demanda”, agregó.

Sebastián Kelman, Director del Centro de Formación en Políticas de Seguridad Vial de la ANSV, en la Segunda Jornada sobre Micromovilidad llevada a cabo en octubre, manifestó: “La micromovilidad hoy está vista con interés porque estimula una nueva manera de transitar y plantea otras formas de movernos. Por eso las nuevas necesidades de la sociedad requieren de la creación de políticas públicas relacionadas con la construcción de un modelo de movilidad inclusivo y sustentable”.

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