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Radares: ¿Cómo saber si una multa es legal?

Radades

Según un informe comparativo de los controles de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) durante los meses de enero y febrero la infracción más recurrente es el exceso de velocidad.

La ANSV tiene homologados 23 radares ubicados en las principales rutas nacionales del país y, como parte del Operativo Verano 2018, está realizando controles con radares móviles sobre diferentes puntos de rutas nacionales, provinciales y municipales. Los operativos de la Agencia están anunciados y señalizados cumpliendo la normativa vigente.

En este sentido, durante la primera quincena de enero, se controlaron 180.105 vehículos y se labraron 2.862 actas de infracción. El ranking de infracciones está encabezado por  el exceso de velocidad (64% de las infracciones). Detrás se ubican: falta de documentación obligatoria como licencia, DNI, cédula verde/azul y seguro (12%), alcoholemia positiva (6,2%), omisión del uso de luces reglamentarias (4,6%), falta de registro (4,1%), la falta de elementos de seguridad (3.5%) y falta del uso del cinturón de seguridad (2,4%). El resto (3%) se compone con infracciones por cruzar semáforos en rojo, infracciones a camiones que no respetaron la restricción en fines de semanas largos, entre otros.  Por su parte los radares estadísticos, tanto fijos como móviles, detectaron 1.817 excesos de velocidad.

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En esta nota, te contamos todos los datos a tener en cuenta para determinar si el operativo fue realizado correctamente, si la multa es legal, cómo efectuar un reclamo y dónde obtener más información oficial.

RADARES
Las provincias y municipios que hayan adherido a la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 y a la Ley Nacional N° 26.363 y quieran utilizar radares en rutas y/o caminos de jurisdicción nacional para constatar infracciones, deben obtener previamente la autorización y disposición de la ANSV, que aprueba su uso en corredores nacionales.

Este organismo es el que previamente verifica la aprobación del modelo de radar –en conjunto con la Secretaría de Comercio- y su funcionamiento mediante la verificación periódica anual que otorga el INTI.

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UBICACIÓN RADARES DEL OPERATIVO VERANO 2018
En el marco de los controles realizados durante los meses de verano, se instalaron los siguientes radares:
– Ruta Provincial 2 (km 155). Velocidad máxima 120 km/h.
– Ruta Nacional 188 (km 154). Velocidad máxima 110 km/h.
– Ruta Nacional 144 (km 725 en San Rafael). Velocidad máxima 110 km/h.
– Ruta Provincial 74 (km 15 en Pinamar). Velocidad máxima 110 km/h.

OPERATIVO DE CONTROL DE VELOCIDAD (RADAR)
El operativo deberá estar identificado siempre por un enconado de 500 a 1.000 metros previos a la ubicación del radar. Al inicio, deberá observarse un cartel móvil que indica la presencia del operativo de control radar. Posterior a éste (entre 100 a 250 mts) deberá encontrarse otro cartel con la velocidad máxima de fiscalización.

Próximo al radar, puede o no estar un enconado para efectuar la detención del vehículo y notificar de la presunta falta cometida. El enconado puede estar entre 2 y 10 km del lugar del emplazamiento del radar. En este caso recibirá una multa impresa dada por un agente en el lugar de detención. En ambos casos los agentes deben poseer la matrícula habilitante para operar el dispositivo. Para el caso que la traza de la ruta no permita esta opción, recibirá la multa en su domicilio particular. El Anexo “L” del decreto 779/95 de la ANSV es el que regula este procedimiento.

MULTAS
Al recibir una multa -labrada por agente en el lugar, o por correo en un domicilio particular- se debe controlar que figuren los siguientes ítems:
– Fecha en que fue cometida la presunta infracción (día, hora, mes y año).
– Ruta y kilómetro donde fue cometida la presunta infracción.
– Imagen del vehículo al momento de la infracción, con identificación del dominio (en caso de utilizarse un radar cinemómetro).
–  Velocidad máxima permitida y velocidad a la que circulaba el vehículo infraccionado, expresada en km/h.
– Firma de la autoridad pública interviniente en la infracción.
– Datos del radar/cinemómetro utilizado para constatar la presunta infracción (marca, modelo o código de aprobación y N° de serie).
– Número de disposición ANSV que autoriza su uso.
– Matrícula habilitante del operador del radar otorgada por ANSV.
– Datos del municipio que la realiza.
– Contacto del Juzgado de Faltas o Tribunal Administrativo resulte competente.

¿QUÉ HACER ANTE UNA INFRACCIÓN QUE SE CONSIDERA IRREGULAR?
– Revisar cuidadosamente la multa a fin de verificar que cumpla con todos los ítems nombrados anteriormente.
– Reclamar ante el juzgado pertinente.
– Enviar un correo electrónico a [email protected] adjuntando copia de la infracción para consultar su validez.
– Si el presunto infractor no vive en esta jurisdicción, puede hacer el descargo por mail adjuntando la documentación o solicitando que se haga una prórroga de jurisdicción.
– Puede solicitar asistencia a la Mesa de Ayuda de la ANSV

 ¿QUÉ HACER SI SE OBSERVA UN OPERATIVO DE CONTROL DE VELOCIDAD (RADAR) QUE NO ESTÁ DEBIDAMENTE SEÑALIZADO, HAYA O NO INCURRIDO EN UNA INFRACCIÓN?
– Fotografiar la disposición del enconado, carteles y radar.
– Solicitar el nombre y apellido del operador, matrícula habilitante y jurisdicción o ente al que pertenece.
– Informar a la Agencia Nacional de Seguridad Vial al mail [email protected] de esta situación, a efectos de efectuar los controles correspondientes por personal de la misma.

MÁS INFORMACIÓN Y CONTACTOS DE ASISTENCIA
– La Mesa de Ayuda de la ANSV brinda asistencia en este tema: 0800-122-2678.
– En la web oficial de la ANSV está el listado de los radares homologados y toda la información necesaria: https://www.argentina.gob.ar/seguridadvial/radares.

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